viernes 5 de agosto de 2011

Frente a una propuesta de la Gestión sobre los docentes ad honorem

FRENTE A UNA PROPUESTA DE LA GESTIÓN SOBRE LOS DOCENTES AD HONOREM
NO A LA INSTITUCIONALIZACIÓN DEL TRABAJO GRATUITO.
DISCUTAMOS SOBRE LAS NECESIDADES ACADÉMICAS Y PRESUPUESTARIAS DE LA FACULTAD


El martes 21 de junio AGD Sociales mantuvo una nueva reunión con la Secretaria Académica y la Subsecretaria de planificación académica en la que se nos entregó una propuesta de la gestión que establece criterios para la designación de los docentes ad honorem. Tal documento fue presentado como un borrador para abrir un debate en la Comisión de Enseñanza.
Luego de una profunda discusión en reuniones abiertas de Comisión Directiva de AGD Sociales consideramos preocupantes varios puntos de ese documento, que ha empezado a ser tratado en comisión de enseñanza:
1) La propuesta de la gestión, que se propone “elaborar un marco normativo, un conjunto de criterios para la designación de docentes auxiliares ad honorem en un intento por desechar situaciones que los ubican irregularmente en el mismo rango que los auxiliares rentados”, termina en cambio INSTITUCIONALIZANDO el trabajo gratuito en la Facultad: les asigna funciones y requisitos a cumplir, determina un período mínimo y máximo (tres años para los “auxiliares en formación” –cabría preguntarse por qué tres años, y no sólo uno de formación- y cinco para los “auxiliares formados”) sin garantía de futuro salario ni tampoco de permanencia en la facultad luego de ese período. Con ello, el docente ad honorem no sólo no cobraría, no sólo gastaría (en transporte, por ejemplo) para ir a trabajar a la facultad, sino que además, luego de tres años también se quedaría incluso sin designación.
2) El documento tampoco da una solución para los ad honorem ya existentes (y que en muchos casos, están en esa situación hace más de tres años). En el punto 4, el documento sostiene que “los casos de designaciones de auxiliares docentes actualmente en vigencia bajo la condición de Ad Honorem que no se ajusten (ni puedan ajustarse) a las disposiciones de la presente deberán hacerlo redireccionando su práctica según las atribuciones correspondientes, debiendo ser priorizada su designación ante la oportunidad de suplencias y otras designaciones rentadas”. Es decir: NO propone una solución ni a corto ni a largo plazo para que esos docentes reciban un salario; les exige ajustarse a las nuevas condiciones y requisitos (y sino, ¿deberían renunciar?); y sólo se indica que serían priorizados en caso de surgir nuevas posibilidades de rentas. ¿Acaso ello implica la conformación de un listado? De ser así, se instala el mecanismo de lista de espera pero en un contexto en el que actualmente la facultad tiene cientos de ad honorem ya existentes y dice no tener presupuesto para rentarlos. Entonces, los nuevos docentes que sean designados de ahora en más como Ad honorem según el reglamento de la gestión no tendrían ninguna posibilidad de obtener una renta luego de los tres años que estipula el documento.
3) El punto 5 dice que los docentes ad honorem contarán con la “cobertura propia de la obra social” (DOSUBA)… pero luego aclara que deberían pagársela por sus propios medios. ¡Eso no es una cobertura social! Hoy en día, cualquier estudiante y graduado de la UBA, por ejemplo, puede acceder a DOSUBA si se la paga por sus propios medios.
4) El documento distingue entre “auxiliares en formación” y “auxiliares formados”. Pero el concepto de formación no parece referirse allí a una formación pedagógica sino mucho más claramente a una formación en investigación (se les exige que escriban una cantidad de textos académicos durante el período; se usa el calificativo “formado” para referirse a docentes con un posgrado hecho, etc.). Con ello, se instala como único perfil docente al del docente-investigador ¿Qué ocurre entonces con el docente-profesional de su disciplina, por ejemplo en comunicación?
5) En el punto 6 dice “En el caso de los auxiliares docentes llamados en formación, su designación será como auxiliar docente Ad honorem con la categoría de Ayudante de 2ª si es estudiante, con el 80% de las materias aprobadas y un promedio no menor a 8; y de Ayudante de 1ª, en caso de haber egresado. ¿Por qué debería establecerse formalmente la categoría del “auxiliar en formación” ad honorem, cuando en el mismo estatuto de la UBA existen las categorías del ayudante de segunda (ayudante alumno) y de primera (graduado) con salario (es decir, docentes que, por supuesto, se siguen formando en la docencia, pero cobran por trabajar)? ¿Por qué ese proceso continuo de trabajo y perfeccionamiento se institucionaliza ahora como no asalariado?
6) El punto 11 establece un número máximo de docentes ad honorem que cada cátedra puede solicitar y asumir: Éste no debe superar el 50% de las comisiones de TP en las materias obligatorias (y con un máximo de tres en formación y uno formado, como aclara el punto 17) y no pueden ser más de dos designaciones en las optativas (salvo por un crecimiento de matrícula que “justifique la ampliación de ese número”). Este punto significa, por un lado, que la facultad está explicitando que si creciera la matrícula, el problema sería resuelto con más designaciones ad honorem. Es decir, reconoce un hecho que venimos denunciando desde la AGD-UBA: que en muchos casos, el trabajo gratuito sostiene a la facultad, que es funcional para el crecimiento de la matrícula sin un debido aumento de la planta docente. Por otro lado, este punto puede llegar a generar más trabajo gratuito del que hay actualmente. Hoy existen cátedras sin docentes ad honorem, pero si se institucionaliza esa categoría y se les permite a todas tener cierta cantidad, ¿qué garantías hay de que en el futuro no tengamos un escenario de un 100% de cátedras con trabajo gratuito (50% de su planta docente en forma permanente, dado que luego de cada período se puede designar a nuevos docentes ad honorem)? ¿Cómo incidirá eso sobre la calidad de la enseñanza en la facultad?
7) En la categoría de “auxiliares formados” (magisters, doctores o estudiantes avanzados de tesis de posgrado), el documento establece, además de de un período de ¡cinco! años de trabajo gratuito, una carga considerable de funciones obligatorias (¡¡repetimos, para un trabajo gratuito!!). Textualmente:
“- Asistir a clases en una comisión de TP, asistiendo al auxiliar a cargo, pero no sustituyéndolo.
- Asistir a las clases teóricas y a las mesas examinadoras correspondientes. Presentar anualmente al Titular de Cátedra un plan de actividades vinculado a la problemática que aborda la asignatura y cumplirlo, informando sobre las formas y alcances de su cumplimiento al cabo del año de referencia.
- Incluir en esas actividades hasta dos tramos de dos clases teóricas propias del programa de la asignatura, previamente planificadas en coordinación con el Titular. Estos segmentos de clases estarán necesariamente vinculados a la elaboración de la respectiva Tesis de maestría o de doctorado.
- Participar en un proyecto de investigación acreditado […]
- Asistir regularmente a las reuniones de cátedra y participar en ellas en condiciones de miembro pleno
- Producir a lo largo del año entre DOS y CUATRO textos académicos vinculados a su tesis, a los proyectos de investigación mencionados o al programa de la materia […]”.
Cabe preguntarse: si todas esas tareas deberán ser realizadas tan sólo para poder trabajar gratis en la UBA, ¿cuántos derechos podrían ser perdidos por los docentes que hoy cobran su salario?

La existencia del trabajo gratuito (ad honorem) está determinado por las restricciones presupuestarias, el congelamiento de la planta docente (alta por baja) y la actual composición/estructura de cátedras.
Por eso, la AGD Sociales plantea:
A) Que se abra una discusión sobre la composición/estructura de las cátedras, dado que el problema del trabajo gratuito es inescindible del problema de las estructuras de cátedra. La AGD Sociales desde hace años ha difundido un documento borrador que, en una próxima reunión docente, ampliaremos y haremos circular ampliamente para intervenir en este debate.
B) Que tal debate sobre modelo o modelos de cátedra tiene que apuntar a establecer criterios para determinar equipos de cátedra completos; derechos de los docentes auxiliares (no contemplados en el Estatuto Universitario); carga laboral según designación; tareas pedagógicas, de investigación y de extensión como trabajo docente; relación docente-estudiantes, entre otros puntos. En otras palabras, tiene que apuntar al mejoramiento de la situación existente y no, a su ajuste o a la redistribución de la pobreza presupuestaria.
C) Que se elabore oficialmente un relevamiento de la situación actual de los ad honorem (cátedras de pertenencia, antigüedad, cargo, etc.) para encarar el reclamo presupuestario correspondiente a la UBA y Ministerio de Educación a fin de terminar con el trabajo gratuito en la Facultad.


PRÓXIMA REUNION ABIERTA DE AGD SOCIALES
SÁBADO 20, 14 HS., EN LA SEDE CONSTITUCIÓN, AULA A DESIGNAR


AGD SOCIALES